CONVENIO ENTRE EL CONSEJO DE TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO Y LA COMUNIDAD DE MADRID Traslado del ejercicio de la compentencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la información pública y Buen Gobierno.
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De acuerdo con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en relación con el régimen de impugnaciones del derecho de acceso a la información pública, la Comunidad de Madrid ha firmado, con fecha 2 de noviembre de 2016, un Convenio de colaboración con el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (publicado en el BOCM Nº 273, de fecha 14 de noviembre de 2016), por el que se atribuye a este organismo el ejercicio de la competencia para la resolución de las reclamaciones previstas en el artículo 24 de la mencionada Ley.
Por ello, será el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno el organismo encargado de resolver las reclamaciones que presenten los ciudadanos contra las resoluciones dictadas por el Ayuntamiento, los organismos y entes vinculados al mismo así como por las entidades integradas en el sector público municipal en materia de acceso a la información pública.